PROCEDIMIENTO AGRAVIADO
Si una persona o un miembro de la familia tiene una queja sobre los servicios del Centro, su tratamiento, un miembro del personal del Centro o si le preocupa que se hayan violado sus derechos, debe comunicarse con la oficina de Servicios de Extensión del Centro (334-742- 2877 o 1-800-815-0630). El personal de Outreach Services puede informar a las personas sobre cómo presentar una queja y cómo acceder a los servicios de defensores, ombudsman o protección de derechos dentro o fuera del programa. El Director de Mejoramiento del Desempeño y el Coordinador de Mejoramiento del Desempeño del Centro son defensores internos disponibles para ayudar a las personas con quejas e inquietudes relacionadas con los derechos. Puede comunicarse con este personal al 334-742-2700.
Todas las quejas y agravios se investigarán minuciosamente. El personal de Servicios de Extensión y/u otro personal designado se comunicará inmediatamente con el Coordinador o Director de Mejora del Desempeño o su designado con respecto a la queja denunciada. El cumplimiento o queja será investigado por el Coordinador o Director de Mejora del Desempeño o su designado. Los empleados, las personas que reciben servicios y los miembros de la familia serán entrevistados según corresponda. AI concluir la investigación, se desarrollará e implementará un plan de acción correctivo, si se Indica. Se Informará a la persona y/o familiar de los resultados de la investigación, según corresponda.
Si después de que se haya investigado la queja y se haya desarrollado un plan de acción correctivo, la persona o el miembro de la familia no sienten que el problema se haya resuelto a su satisfacción, la persona o el miembro de la familia pueden apelar la queja ante el Director Ejecutivo. El Director Ejecutivo revisará y evaluará los resultados de la investigación y volverá a investigar según corresponda. Si después de este procedimiento, la persona o familiar aún no está satisfecho, la queja puede ser reportada a la Junta Directiva, máxima autoridad del Centro. La Junta revisará los materiales de Investigación y entrevistará a las personas según corresponda. La Junta informará a la persona ya otras partes su decisión final dentro de los diez días posteriores a la fecha en que se informó a la Junta de la queja.

